Santiago de Chile.- Parque Arauco S.A. anunció que su filial, Parque Arauco Colombia S.A. (Pacsa), suscribió un acuerdo de colaboración con el desarrollador y constructor inmobiliario IC Constructora S.A.S (IC), para el desarrollo conjunto de un proyecto de multifamily (renta residencial) en la Calle 72 de la ciudad de Bogotá, Colombia (Barrio Quinta Camacho).
El edificio de multifamily ubicado en la Calle 72 tendrá una superficie comercial de aproximadamente 6.500 metros cuadrados, que incluye aproximadamente 5.000 metros cuadrados de vivienda y 1.000 metros cuadrados de retail.
El edificio de siete pisos tendrá 132 unidades residenciales, además de zonas comunes que incluyen gimnasio, sala de juegos, BBQ, lavandería y sala de co-work, entre otros. El proyecto comenzará construcción en 2022, para finalizar en 2024.
El acuerdo contempla unir esfuerzos, capacidad económica, experiencia y conocimiento para, bajo un esquema de colaboración, desarrollar el Proyecto a través de un fideicomiso, cuyas participaciones, una vez finalizada la construcción, serán de un 80% para Pacsa y un 20% para IC (cundada por Julio Carrizosa de la quebrada e intervenidaGranahorrar).
Con esto se da cumplimiento al acuerdo de fecha 21 de diciembre de 2021, entre Inversiones Colombianas Arauco S.A.S. (“Inveca”) e IC.
Como parte de sus aportes a la colaboración, IC aportará el inmueble y será responsable de ejecutar y llevar a cabo la ejecución y construcción del Proyecto, así como su gerenciamiento. Por su parte, Parque Arauco realizará aportes en dinero según un cronograma de inversión y de obra y aportará su experiencia y conocimiento en el desarrollo de proyectos inmobiliarios para la definición de las especificaciones técnicas, el cronograma general del proyecto, el presupuesto definitivo y demás documentos técnicos y financieros del Proyecto, de la arquitectura, y del avance de obra.
El proyecto requerirá una inversión total, a nivel del activo, de aproximadamente US$ 11 millones.
Asimismo, Pacsa podrá adquirir a IC, e IC podrá vender, la totalidad de la participación de IC sujeto a determinados plazos que deberán cumplirse en los años siguientes a la apertura.
Las obligaciones de las partes de perfeccionar los actos jurídicos objeto del acuerdo de colaboración, están sujetas al cumplimiento de ciertas condiciones usuales para este tipo de transacciones.