Barrancabermeja.- El Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Barrancabermeja, tuteló el derecho fundamental a la consulta previa de la Corporación Afrocolombiana de Puerto Wilches –Afrowilches y como consecuencia dispuso la suspensión de la licencia ambiental del proyecto de frácking PPII Kalé otorgada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y el trámite de licencia ambiental del proyecto PPII Platero, hasta que se desarrolle el proceso de consulta previa con dicha corporación en todas sus etapas.
Para desarrollar lo anterior, se ordenó a Ecopetrol S.A., a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y a la Dirección Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la providencia, que adelanten de forma coordinada las actuaciones administrativas pertinentes para la realización de los procesos de consulta previa con la Corporación Afrowilches para los proyectos PPII Kalé y Platero.
Una vez adelantados los procesos de consulta previa y de ser procedente, Ecopetrol S.A. podrá continuar con el trámite de licenciamiento y demás etapas de los proyectos PPII Kalé y Platero.
El fallo puede ser impugnado ante el Tribunal Administrativo de Santander, dentro de los tres días siguientes a su notificación.