Bogotá.- Franquicias y Concesiones S.A.S. – Frayco S.A.S. – controlante de la cadena de hamburguesas Presto – fue admitida en proceso de reorganización empresarial por la Superintendencia de Sociedades.
La Superintendencia de Sociedades nombró a Mónica Alexandra Macías Sánchez como promotora del proceso, la misma promotora de la reorganización Rescafé S.A.S. (dueña de la marca Café Oma).
El pasivo exigible de la compañía asciende a la suma total de $68.831,5 millones y presenta obligaciones vencidas en más de 90 días la suma de $7.293,4 millones, que representa el 11% del pasivo por lo que se constituye la causal de cesación de pagos de conformidad con lo establecido en el numeral uno del artículo noveno de la Ley 1116 de 2006.
La empresa tiene en la actualidad 23 procesos de restitución sobre algunos de los locales donde opera, que se han venido atendiendo y que se relacionan en la certificación de procesos.
Franquicias y Concesiones S.A.S. es codeudora de las obligaciones con las entidades financieras de la sociedad Rescafé S.A.S. que posee el 50% de las acciones de Frayco.
Las obligaciones financieras se encuentran en un acuerdo privado con los bancos, a los que se les aplicó cláusula de salvaguardia sobre los pagos que debían realizarse a marzo de 2023 y hemos verificado la incapacidad de pago para atender estas obligaciones como están pactadas.
Ordenar la coordinación del proceso de reorganización de Franquicias y Concesiones S A S. con el de reorganización de Restcafé S.A.S.
En virtud de dicha coordinación, la aplicación de las siguientes medidas:
1. Designar a un mismo promotor.
2. La coordinación de audiencias.
3. Disponer el intercambio de información relacionada con los partícipes del grupo, en los términos establecidos en el numeral 3 del artículo 2.2.2.14.1.9 del Decreto 1074 de 2015.
4. La coordinación de las negociaciones para la celebración de un acuerdo o acuerdos de reorganización.
5. Las demás que conforme a la ley el juez del concurso considere pertinente ordenar.
Objeto social Frayco S.A.S.:
La sociedad podrá desarrollar cualquier actividad comercial o civil lícita. La sociedad tendrá por objeto principal las siguientes actividades y negocios: A) La producción, venta, trasformación y conservación de alimentos y producto comestibles y bebidas, directamente o por intermedio de terceros, así como su comercialización y distribución; B) La adquisición, enajenación, el establecimiento, la administración, comercialización, distribución, la explotación y procesamiento industrial de toda clase de productos alimenticios; C) El transporte de toda clase de productos y bebidas, propios o de terceros; D) El manejo de facilidades aeroportuarias y turísticas destinadas al suministro de alimentos y bebidas; e) la representación, el agenciamiento, la franquicia, la maquila y otras actividades similares que se relacionen con los ramos de productos alimenticios; F) La inversión de bienes muebles o inmuebles, su negociación venta, permuta, gravámenes pudiendo respecto de los inmuebles celebrar y ejecutar toda clase de negocios relacionados con la finca raíz; G) Inversión de sus fondos o disponibilidad en activos financieros o valores mobiliarios, así como la inversión o participación en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto o pago de acciones o participaciones, su negociación, venta, permuta o gravámenes.
Ir a inicio