Trading Foods, factoría de cereales, cesó pagos por $12.328 millones y se acogió a protección de acreedores de $20.500 millones

Trading Foods, factoría de cereales, cesó pagos por $12.328 millones y se acogió a protección de acreedores de $20.500 millones

Bogotá.- Presentada hace casi una década como “La pyme que reta a Kellogg´s” en Colombia, Trading Foods S.A.S., especializada en fabricación de cereales y en maquila para almacenes de cadena, acaba de ser admitida al proceso de reorganización regulado por la Ley 1116 de 2006.

Con centro de operaciones en la zona franca industrial de Tocancipá, Cundinamarca, la sociedad a corte del 31 de marzo de 2024, tenía obligaciones en mora por más de 90 días, con más de dos acreedores, por 12.328,9 millones de pesos que representan el 60.15% del pasivo total a cargo de la sociedad que es de 20.500 millones de pesos.

Constituida el 19 de julio del 2002, entre sus clientes están Nutresa, La Recetta, Danone-Alquería, Doña Leche, El Recreo, Alpina, Algarra, Coolechera, Parmalat, Alimentos del Valle, Freskaleche, Megamarket y grandes superficies como Cencosud y Alkosto en las que les atiende marcas propias.

Andrés Felipe Castro Gómez, representante legal de la firma, fundador y accionista, fue nombrado por la Superintendencia de Sociedades como promotor del proceso de reorganización.

Los activos de la sociedad corresponden a 11.855,5, millones de pesos con corte a marzo de 2024, que equivalen a 251.898 UVT.

No adeuda obligaciones por concepto de seguridad social, no adeuda obligaciones por concepto de retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales y no presenta obligaciones vencidas por concepto de descuentos efectuados a trabajadores.

En la solicitud presentada a través del módulo de insolvencia de la Superintendencia de Sociedades la peticionaria señalo que la sociedad no es garante, avalista o codeudor de terceros y no tiene bienes sujetos a garantías mobiliarias.


La Superintendencia decretó el embargo de los bienes sujetos a registro de propiedad de la sociedad concursada, con la advertencia que las medidas cautelares de naturaleza concursal prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en otros procesos.

Objeto social:

Tiene como objeto social principal el desarrollo, en una o varias zonas francas, de la explotación de negocios de alimentos y de comida de toda índole, incluyendo la compra y venta de productos alimenticios frescos y procesados, su transformación, compra, venta, fabricación, importación y exportación en desarrollo de su objeto social.

Así mismo, puede realizar cualquier otra actividad económica lícita tanto en Colombia como en el extranjero.

 En desarrollo de su objeto social, la sociedad puede, entre otros:

1. Celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos u operaciones sobre toda clase de activos, tangibles e intangibles, bienes muebles, inmuebles;

2. Adquirir a cualquier título toda clase de bienes y activos, cederlos y enajenarlos a cualquier título, constituir toda clase de gravámenes sobre ellos, celebrar por cuenta propia o ajena contratos de arrendamiento, usufructo, uso y habitación, entre otros;

3. Contraer toda clase de créditos que requiera para financiar sus operaciones, dar o recibir dinero en mutuo, otorgar toda clase de títulos valores e instrumentos negociables, cederlos, endosarlos y negociarlos, constituir y aceptar toda clase de fianzas y garantías, celebrar toda clase de contratos de fiducia mercantil y de encargos fiduciarios y destinar a ellos toda clase de bienes y fondos y participar como beneficiario de fideicomisos y encargos fiduciarios constituidos por sí misma o por terceros, adquirir o hacerse parte en sociedades de cualquier naturaleza, adquiriendo cuotas sociales o acciones y enajenarlos, cuando las circunstancias así lo requieran;

4. Asociarse bajo cualquier forma lícita de asociación con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y

5. Desarrollar cualquier actividad que tenga relación con su objeto social.

La sociedad no podrá actuar como fiadora o, de cualquier modo, garantizar obligaciones de sus accionistas o de terceros.

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