Consejo de Estado anuló la resolución que imponía derechos antidumping a papas congeladas belgas

Consejo de Estado anuló la resolución que imponía derechos antidumping a papas congeladas belgas

Bogotá.- El Consejo de Estado declaró la nulidad parcial de la Resolución 257 de 2018, emitida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que imponía derechos antidumping definitivos del 8,01 % a las importaciones de papas congeladas exportadas por Mydibel SA, originarias de Bélgica.

La decisión se basó en que el Ministerio no cumplió con las disposiciones del Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el Decreto 1750 de 2015. El Consejo descubrió que las metodologías empleadas en la investigación no garantizaron una comparación equitativa entre el precio de exportación y el valor normal del producto, además de haber utilizado datos de la Dian sin justificación suficiente en lugar de los proporcionados por la empresa investigada.

Asimismo, se concluyó que el cálculo de los márgenes de dumping no consideró ajustes necesarios, como los costos de empaque, lo que generó distorsiones. El fallo reconoce que estas inconsistencias vulneraron el debido proceso y los derechos de defensa de Mydibel SA.

A título de restablecimiento del derecho, el Consejo establece que no se deben imponer derechos antidumping a las importaciones de los productos comercializados por Mydibel SA. Esta decisión marca un precedente en la aplicación de las normas antidumping en el país, subrayando la importancia de garantizar la equidad. en las investigaciones comerciales.

Finalmente, el tribunal no impuso condena, dado que no se acreditaron gastos procesales significativos en el expediente.

Roger – fundador – y Bruno Mylle, en la fábrica de Bélgica.

¿Qué dice la Unión Europea?

La disputa entre Colombia y la Unión Europea (UE) en torno a los derechos antidumping impuestos a las papas fritas congeladas sigue en curso en la Organización Mundial del Comercio (OMC). El Órgano de Solución de Diferencias (OSD) aprobó la solicitud de la UE para establecer un grupo especial que examine el cumplimiento de Colombia respecto a una resolución previa que identificó irregularidades en la investigación y aplicación de estos derechos.

En mayo de 2024, ambas partes sostuvieron consultas para buscar una solución, pero no lograron llegar a un consenso. La UE lamentó tener que continuar el proceso a pesar de que Colombia implementó algunas recomendaciones, y aseguró que el cálculo de los márgenes sigue siendo inconsistente con las normas internacionales.

Por su parte, Colombia destacó que siete de los casos presentados originalmente ya no están siendo impugnados, y que los puntos restantes corresponden a aspectos técnicos que no formaban parte del procedimiento inicial. Además, afirmó haber hecho esfuerzos significativos para explicar sus cálculos a la UE y ajustar las medidas según las disposiciones de la OMC.

El grupo especial determinará si los ajustes de Colombia son suficientes o si deben tomar nuevas medidas.

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