David Wigoda condenado a un poco más de 17 años de prisión por pirámide Factor Group, en “pleno Wall Street criollo”

David Wigoda condenado a un poco más de 17 años de prisión por pirámide Factor Group, en “pleno Wall Street criollo”

Bogotá.-  La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 212 meses y 52 días de prisión a David Wigoda Rinzler, como responsable de los delitos de captación masiva y habitual de dinero, y estafa agravada a través de Factor Group Colombia S.A.

Según los hallazgos de la Superintendencia Financiera y la Fiscalía colombiana, Wigoda montó un modelo de negocio con el que fueron estafadas más de 1.557 víctimas por 146 mil millones de pesos, a través del ofrecimiento de jugosas ganancias en la inversión de dinero con la compra y venta de facturas y documentos que representaban inversiones a futuro.

Especialmente se trataba de operaciones ficticias de compra de ganado, engorde de reses mediante pastaje y su posterior venta y la compraventa de inmuebles.

La información suministrada por el periodista Jorge González a La W Radio, el esquema piramidal que Wigoda y su firma Factor Group, en plena Calle 72 de Bogotá.

Desde 2017, el empresario David Wigoda, ex Suratep y su mesa especializada en factoring, que despachaban en plena Calle 72 de Bogotá recibían dinero a los inversionistas a quienes les ofrecía pagar entre 12 y 15%, lo que no es otra cosa que captación o recaudo no autorizado de dinero, con fundamento en el Decreto 4334 de 2008 (un delito).

Captaba bajo el disfraz de contratos denominados «Contrato Marco para la Compraventa de Activos y Derechos de Contenido Económico al Descuento» y proformas que usaba como las de «Solicitud de Confirmación de Operación y Consentimiento del Inversionista» y «Constancia de Operación» bajo los cuales vinculaba a los ahorradores en los negocios  fiduciarios Ceba de Ganado, Inmuebles Ganaderos I y Grupo Monarca La Selva I.

En diciembre de 2015 la Fiscalía General de la Nación les imputó a Wigoda y su hermana Beatríz Wigoda Rinzler los delitos de captación masiva y habitual de dinero, estafa agravada en modalidad de masa, falsedad en documento privado y concierto para delinquir.

Wigoda se encuentra en Jerusalén, Israel, en donde no existe tratado de extradición con Colombia y por ende, el acusado no cumplirá la condena. Las investigaciones llevaron a que se constituyeron al menos siete firmas, ubicadas en las Islas Caimán, Maimi y Panamá para destinar los recursos de los inversionistas.

También fueron condenadas Lina María Vélez Restrepo, quien fungió como gerente comercial de Factor Group, y Mónica Arbeláez Montoya, gerente administrativa de esta empresa.

 “La empresa solo se dedicó a enviar por correos electrónicos aparentes movimientos rentables de capitales que no reflejaban la realidad de las inversiones de Factor Group”, sostuvo el fiscal 60 Seccional de Bogotá, adscrito a la Unidad de Orden Económico y Social, encargado de las investigaciones del caso.

En febrero de 2021 fue condenado inicialmente por el Juzgado 30 Penal del Circuito de Bogotá, a 13 años de prisión por los delitos de captación masiva y habitual de dineros, y estafa agravada en la modalidad de delito masa.

En la sentencia, el juez le negó al procesado los beneficios de libertad condicional y prisión domiciliaria. Además, ordenó su captura, en el entendido de que se encuentra prófugo de la justicia.

Bajo el andamiaje ilegal, presentaba un modelo de negocio fiduciario, en realidad fue un esquema de captación, que no entregaba bienes ni servicios en retribución por el dinero que confiaron los clientes.

Quedó acreditado en la investigación que los recursos obtenidos en los contratos de compra venta fueron trasladados a fideicomisos falsos.

En 2017, Lina María Vélez Restrepo, quien fungió como gerente comercial de Factor Group, fue condenada a una pena de siete años y ocho meses de prisión; y Mónica Arbeláez Montoya, gerente administrativa de esta empresa, a cinco años y tres meses. 

Las dos fueron halladas responsables de los delitos de estafa agravada en modalidad de delito masa, captación masiva y habitual de dineros, falsedad en documento privado y concierto para delinquir.