Último intento de OPA de desliste de Cartón de Colombia; Smurfit busca 0,362309% que no controla

Último intento de OPA de desliste de Cartón de Colombia; Smurfit busca 0,362309% que no controla

Cali.- Este lunes quedó en firme la autorización (oficio del nueve de abril de 2021) de la Superintendencia Financiera de Colombia aprobó la Oferta Pública de Adquisición que hará Smurfit Kappa Group plc sobre las acciones de Cartón de Colombia S.A. (OPA de desliste)

Se trata de la Oferta Pública de Adquisición de las acciones ordinarias de Cartón de Colombia S.A., el Emisor, a llevarse a cabo por parte de Smurfit Kappa Group PLC, que votó a favor de la cancelación de la inscripción de las acciones del Emisor en el Registro Nacional de Valores y Emisores, Rnve, y en la Bolsa de Valores de Colombia S.A., BVC, según Acta No. 125 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 12 de febrero de 2021.

Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.2.6.1.2 del Decreto 2555 de 2010, DU, en el marco del proceso de cancelación de la inscripción de las acciones del Emisor, en el Rnve y en la bvc, operación que se realizará en los siguientes términos:

.- Monto mínimo por adquirir: una acción ordinaria, que representa el 0,000001% de las acciones en circulación del emisor.

.- Monto máximo por adquirir: 390.266 acciones ordinarias, que representan el 0.362309% de las acciones en circulación del emisor.

.-  Precio unitario: Nueve mil ochocientos cincuenta pesos ($9.850) moneda legal colombiana.

Sobre el particular, en primer lugar, en relación con el poder especial para actuar ante esta Entidad que hace parte de la aludida solicitud, otorgado a la doctora Marianne Posse Velásquez, identificada con cédula de ciudadanía No. 35.457.272 de Bogotá, T.P. 35.752 del CSJ, por parte de Smurfit Kappa Group PLC, la Superintendencia comunicó que cumple con las formalidades legales previstas por los artículos 74 del Código General del Proceso y 22 del Decreto 1169 de 1980, por lo que se le reconoce personería para actuar como apoderada especial de la citada sociedad, en los términos y para los fines establecidos en el poder en mención.

En segundo término, en uso de las facultades otorgadas en el numeral 6º del literal A) del artículo 11.2.1.4.50 del DU, en concordancia con el artículo 6.15.2.1.6 del citado decreto, la Superintendencia considera que para los efectos de esta operación se ha dado cumplimiento con lo señalado en los artículos 5.2.6.1.2 y siguientes ibídem, por lo que autoriza la realización de la mencionada Oferta Pública de Adquisición.

El oferente deberá tener en cuenta lo siguiente:

a. Diligenciar la información del período de aceptaciones de la OPA en el Cuadernillo y en el aviso de oferta una vez se tenga certeza de ello.

b. La OPA deberá formularse dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la Asamblea General de Accionistas en la cual se tomó la decisión de cancelación.

c. Según lo previsto en el artículo 6.15.2.1.7 del DU: “El oferente deberá publicar el aviso de oferta pública de adquisición por lo menos tres (3) veces, con intervalos no mayores de cinco (5) días comunes, en forma destacada en las páginas económicas de un diario impreso o electrónico de amplia circulación nacional. La publicación del aviso de oferta deberá realizarse dentro de los cinco (5) días comunes contados a partir de la fecha en que la Superintendencia Financiera de Colombia haya autorizado la oferta (…). Así mismo, el aviso deberá publicarse diariamente en el boletín oficial de la bolsa de valores hasta el día en que finalice la etapa de recepción de aceptaciones. Negrilla fuera de texto.

d. La fecha en la cual se inicie el plazo para recepción de las aceptaciones no podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha en que se publique el primer aviso de oferta.

e. El plazo para la aceptación de la presente oferta será de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que inicie el plazo para la recepción de las aceptaciones.

f. La realización de la oferta está condicionada a que de forma previa a la formulación de la oferta, esto es, antes de la publicación del primer aviso, el oferente acredite en debida forma ante la bolsa de valores la constitución de la garantía prevista en los documentos que soportan la presente autorización.

Una copia de los mencionados avisos deberá remitirse a esta entidad el día hábil siguiente a la respectiva publicación; además, dentro de los diez (10) días siguientes a la expiración de la oferta, el oferente deberá informar a la Superintendencia Financiera la cantidad de acciones compradas y el precio de negociación conforme lo establece el artículo 6.16.1.1.3 del DU.

Los precitados documentos y los avisos de oferta deberán ser radicados bajo el número 2021066710 citando la Actividad 41 “Remisión de información documentos finalizados”.