Bogotá.- Hoy el Tribunal Arbitral internacional decidió a favor del Estado colombiano y negó el reclamo presentado por América Móvil por US$1.286 millones de dólares, unos $4,6 billones que exigía.
El Tribunal confirmó que no existió el derecho a la no reversión de activos. El Tribunal respetó lo decidido en la sentencia C-555 de 2013 de la Corte Constitucional y el laudo doméstico que revisó el asunto. El Tribunal encontró que no se trató de un derecho con existencia en el derecho interno que pudiese gozar de protección bajo el derecho internacional, por lo que no puede hablarse de una expropiación. El Tribunal dejó intactas las decisiones adoptadas en la Sentencia C-555 de 2013 y el Laudo Doméstico. De acuerdo con el Tribunal esas dos decisiones son irreprochables bajo el derecho internacional.
La Agencia en cabeza de su director, Camilo Gómez Alzate, integró el equipo de defensa de Colombia, junto con la firma Dechert LLP, liderada por Eduardo Silva Romero. La estrategia se fundamentó en que el arbitraje de inversión no es el camino para el re-litigio de asuntos decididos por tribunales o cortes nacionales. La defensa resaltó que se debe respetar el derecho adquirido del Estado colombiano a la reversión.
La Agencia celebra esta decisión del Tribunal que le evita a la Nación el pago de 1.286 millones de dólares – 4.6 billones de pesos-, que pretendía la contraparte y le permite recuperar más de 2.1 millones de dólares (8.102 millones de pesos) por concepto de costas y gastos de representación.
Este viernes el Tribunal de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (CPA) en el caso de Alberto, Felipe y Enrique Carrizosa Gelzis emitió laudo a favor de Colombia.
Después de analizar los requisitos que consagra el Acuerdo de Promoción Comercial entre Colombia y Estados Unidos de América (APC), el Tribunal acogió los argumentos de Colombia y concluyó que la demanda internacional presentada no. Además, el Tribunal decidió que los hermanos Carrizosa, deben pagarle a Colombia 1.8 millones de dólares (6.840 millones de pesos) por concepto de los costos del arbitraje y gastos de representación legal en los que incurrió el Estado.
Los demandantes cuestionaron las medidas regulatorias adoptadas en 1998 por la Superintendencia Bancaria y FOGAFIN, consistentes en ordenar la capitalización de Granahorrar y la consecuente reducción del valor de las acciones. También cuestionaron las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional en los años 2011 y 2014 en relación con dichas medidas.
El Tribunal Arbitral acogió los argumentos de defensa de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y le dio la razón a Colombia con respecto a la objeción presentada sobre la nacionalidad de los demandantes. En ese sentido, el Tribunal concluyó que la nacionalidad efectiva y dominante de los hermanos Carrizosa no es la de Estados Unidos. En últimas, se trata de una familia de nacionales colombianos demandando a su propio Estado en un foro internacional. De acuerdo con el Tribunal, los tres hermanos Carrizosa tienen sus vidas y actividades profesionales en Colombia. De hecho, el Tribunal dejó claro que, para las fechas críticas de la controversia, los tres hermanos se encontraban residiendo en Colombia. Finalmente, el Tribunal determinó que Bogotá es el lugar donde se concentra la vida familiar y social de los tres demandantes.
Con esta decisión se da por terminada la controversia. La naturaleza de la objeción jurisdiccional planteada por Colombia y la decisión favorable del Tribunal significa que las pretensiones de los demandantes no pueden ser escuchadas por otro tribunal.
Por estos mismos hechos, el pasado 19 de abril un tribunal internacional decidió también negar las reclamaciones de Astrida Benita Carrizosa por 40 millones de dólares ($146.600 millones). Al igual que sus hijos, ella deberá pagar los costos de arbitraje y los gastos de defensa que equivalen a más de un millón de dólares ($3.800 millones).
La defensa del Estado colombiano estuvo a cargo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y de la firma internacional Arnold & Porter. Destacamos la impecable coordinación interinstitucional lograda en este caso con el Banco de la República, la Superintendencia Financiera, Fogafin, Migración Colombia y Registraduría Nacional del Estado Civil.
Balance de demandas
A 31 de marzo de 2021 se registraron 333.132 procesos judiciales activos en contra de la Nación. Las pretensiones $411 billones.
Al cierre de 2020 se reportaron 333.021 con pretensiones por $4.01 billones, lo que muestra un repunte de $10 billones en pretensiones y 111 casos.
En los tres primeros meses de 2021 se admitieron 8.427 procesos. El 55,5% de los procesos tienen pretensiones que no exceden los $50 millones. Por otra parte, el 73,2% de las pretensiones se concentra en 944 procesos con pretensiones que superan los 33.000 salarios y que en total ascienden a $300,8 billones.