Cesó pagos el Proyecto Inmobiliario El Peñasco (en Rosales) y debe reestructurar deudas por $27.507 millones

Cesó pagos el Proyecto Inmobiliario El Peñasco (en Rosales) y debe reestructurar deudas por $27.507 millones

Bogotá.- Promocionada como una torre de nueve pisos, con 18 “exclusivos apartamentos”, el polémico Proyecto Inmobiliario El Peñasco, desarrollado en la parte más alta del barrio Rosales (Transversal 2ª Este con Calle 78), decidió acogerse a fines de junio pasado al proceso de Reorganización Empresarial, en los términos de la Ley 1116 de 2006.

Pese a múltiples denuncias por su impacto ambiental y visual a los Cerros Orientales de la capital colombiana, comenzó a venderse como un producto con materiales y elementos naturales … energías renovables y arquitectura bioclimática … acabados importados, ventanería de piso a techo que aísla ruido, pisos en madera maciza bambú, carpintería en Chapilla Española, pisos de baño en Porcelanato Italiano, piso de la ducha en madera teka y calefacción en piso radiante en habitaciones.

Un apartamento en el sexto piso, de 168,7 metros cuadrados, se ofrecía el metro cuadrado desde $18.065.535, con fecha prevista de entrega en abril de 2022: para un total de 3.402 millones de pesos. “Un lugar privilegiado no sólo por su altura, sino por la calidad de sus vecinos y la cercanía a una reserva que lo mantendrá cerca de la naturaleza en el corazón de la ciudad”, decía la propuesta de venta.

El pasado 28 de junio, Juan Sebastián Arango Paredes, en calidad de representante legal  reconoció que el Proyecto estaba imposibilitado para cumplir con sus obligaciones mercantiles, “hasta el punto que ha suspendido el pago corriente de algunas obligaciones, encontrándose en cesación de pagos de conformidad con lo establecido en el numeral 1o del artículo noveno de la Ley 1116 de 2006, por tener dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días con más de dos (2) acreedores, que representan el 10% del total de pasivo”.

La Superintendencia de Sociedades acaba de admitirlo en proceso de reorganización para que reestructure obligaciones con sus acreedores por más de $27.507 millones con corte a 31 de mayo de 2024 y designó como promotor al jurista Luis Fernando Arboleda Montoya.

La sociedad Proyecto Inmobiliario El Peñasco, a 31 de mayo de 2024, presentaba activos que ascienden a 29.212,3 millones de pesos.

Los mayores accionistas son Planeamiento Construcción y Manejo Inmobiliario Integral S.A.S., – Planinco S.A.S. y la arquitecta Lina María Paredes Baranza:

A la fecha de presentación de la solicitud no tenía a su cargo pasivos por descuentos efectuados a trabajadores, no tenía su cargo pasivos por aportes al sistema de seguridad social y no existían pasivos por descuentos a trabajadores o aportes al SSS. Con corte a 31 de mayo de 2024, tiene a su cargo el pago de pasivos por retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales.

No tiene bienes presentes o futuros a garantías mobiliarias y no es garante, avalista o codeudor de terceros.

Al someterse a reorganización, evaluó los estados financieros, la información financiera, y las proyecciones de la empresa para determinar la capacidad para continuar con sus operaciones por lo menos doce (12) meses posteriores a partir de la fecha de información garantizando la viabilidad por dicho periodo.

Por lo tanto, la sociedad cumple con la hipótesis de negocio en marcha. No obstante, la sociedad requiere de la admisión al proceso de reorganización empresarial bajo la modalidad contemplada en la Ley 1116 de 2006, medida necesaria adoptada por la Asamblea General de Accionistas en reunión extraordinaria de nueve de agosto de 2023.

Objeto Social Proyecto Peñasco:

Constituye objeto social el desarrollo del edificio el peñasco incluidas todas sus etapas: Preliminares, tramites de licencias, construcción, trámites para consecución y aprobación de servicios, ventas, y en general toda clase de actividades, actos, tramites y elaboración de documentos hasta la entrega del edificio habitable. Es contrario al objeto social garantizar, respaldar, fiar o avalar deudas de personas naturales o jurídicas, distintas de aquellas personas jurídicas o naturales con quienes se tengan vínculos comerciales con la sociedad en relación con el objeto.

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