Medellín.- Grupo Argos y Grupo Sura firmaron un Convenio de Escisión, por medio del cual acordaron la operación para disponer de las participaciones cruzadas que han tenido por más de 46 años y que han posibilitado que hoy sean organizaciones líderes y referentes en sus sectores. Esto se logrará a través de escisiones por absorción que se aprobarán y perfeccionarán de manera simultánea.
Esta operación permitirá: i) que los accionistas de Grupo Argos conserven su participación directa en Grupo Argos y reciban participación directa, manteniendo el valor económico que tenían inicialmente; ii) simplificar la estructura accionaria y de portafolio de Grupo Argos de acuerdo con las tendencias actuales del mercado y el apetito de los inversionistas; y iii) profundizar el enfoque de Grupo Argos en los sectores de materiales de construcción e infraestructura, potencializando sus capacidades y su plan de negocios.
Resumen de la transacción
Se trata de una única operación cuyo resultado será que cada accionista de Grupo Argos conserve su participación en Grupo Argos y reciba una participación directa, poniendo fin a las participaciones cruzadas. A continuación, se presenta una descripción paso a paso de la estructura de la transacción:
1. Escisión:
Grupo Argos escindirá su inversión en Grupo Sura (197 millones de acciones1) a favor de Grupo Sura. A su vez, Grupo Sura escindirá su inversión en Grupo Argos (286 millones de acciones) a favor de Grupo Argos.
2. Absorción:
Grupo Argos absorberá la inversión que Grupo Sura tenía en Grupo Argos (286 millones de acciones). Al momento de esta absorción, las acciones se cancelan.
De igual manera, Grupo Sura absorberá la inversión que Grupo Argos tenía en Grupo Sura (197 millones de acciones1). Al momento de esta absorción, las acciones se cancelan.
3. Emisión:
Grupo Argos emitirá 286 millones de acciones a favor de todos los accionistas de Grupo Sura a cambio de las acciones propias que recibió. Teniendo en cuenta que Grupo Argos era uno de los accionistas de Grupo Sura, las acciones que le corresponden resultarán canceladas, acrecentando la participación de todos los demás accionistas de Grupo Argos.
Recíprocamente, Grupo Sura emitirá 197 millones de acciones a favor de todos los accionistas de Grupo Argos, incluyendo a Grupo Sura, a cambio de las acciones propias que recibió de Grupo Argos. Teniendo en cuenta que Grupo Sura era uno de los accionistas de Grupo Argos, las acciones que le corresponden resultarán canceladas, acrecentando la participación de todos los demás accionistas de Grupo Sura.
Los accionistas ordinarios de la sociedad que se escinde recibirán acciones ordinarias de la sociedad beneficiaria. Por su parte, los accionistas preferenciales recibirán acciones preferenciales.
Al final de la operación, cada accionista de Grupo Argos mantendrá sus acciones actuales de Grupo Argos – las cuales representarán un porcentaje de participación un 20% mayor en los derechos económicos de la compañía – y recibirá 0,23 acciones de Grupo Sura por cada acción que tenía inicialmente. En el caso de Grupo Sura, cada accionista mantendrá sus acciones actuales de Grupo Sura y recibirá 0,72 acciones de Grupo Argos por cada acción que tenía antes de la operación1.
Esto quiere decir que una participación hipotética del 5% en los derechos económicos de Grupo Argos, posterior a la transacción, representará una participación del 6% en Grupo Argos, además de una nueva participación del 3%. De la misma manera, una participación hipotética del 5% en los derechos económicos de Grupo Sura, luego de la transacción, representará una participación del 6% en Grupo Sura, además de una nueva participación del 2% en Grupo Argos.
Estos ratios obedecen a la relación existente entre el total de acciones en circulación de las compañías y el número de acciones que tienen como propiedad cruzada.
Esta operación será sometida a consideración de las Asambleas de Accionistas de Grupo Argos y de Grupo Sura, de acuerdo con los lineamientos de gobierno corporativo y las normas aplicables. Se tramitarán además las autorizaciones gubernamentales, incluyendo aquellas que debe impartir la Superintendencia Financiera de Colombia.
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