Nueva York deberá pagar US$92,5 millones por detener sin el debido proceso legal a inmigrantes ilegales (entre ellos a colombianos)

Nueva York deberá pagar US$92,5 millones por detener sin el debido proceso legal a inmigrantes ilegales (entre ellos a colombianos)

Nueva York.- La Ciudad de Nueva York acordó pagar hasta 92,5 millones de dólares para resolver las reclamaciones de inmigrantes a Estados Unidos que fueron detenidos ilegalmente por el Departamento de Correcciones Nueva York entre el primero de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012. 

El acuerdo permite que más de 20.000 miembros del grupo detenidos más allá de sus fechas de liberación programadas sobre la base de solicitudes de detención del Departamento de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos soliciten una indemnización por el acuerdo.

Dependiendo de la duración y la fecha de su detención excesiva, los miembros del grupo pueden ser elegibles para recibir indemnizaciones de hasta decenas de miles de dólares. 

El acuerdo recibió la aprobación preliminar de la Corte Suprema del Estado de Nueva York hoy. El settlement se logró en virtud de un acuerdo legal presentado ante el tribunal por los bufetes de abogados Emery Celli Brinckerhoff Abady Ward & Maazel, LLP y Benno & Associates, P.C. ) Onadia v. Ciudad de Nueva York, et al. Tribunal Supremo del Estado de Nueva York, Condado del Bronx, Índice n.º 300940/2010).

Las órdenes de detención del ICE son solicitudes emitidas a las agencias policiales estatales y locales para retener a una persona hasta 48 horas hábiles después de su liberación programada para que el ICE pueda tomar la custodia del inmigrante. 

En algunos casos, sin embargo, los inmigrantes fueron detenidas durante días o semanas más allá de ese período de dos días. 

EL OTRO CASO INSIGNIA

Frank Barker sabe muy bien lo devastadoras que pueden ser las órdenes de detención ilegales del ICE. Barker, que tiene 58 años y vive en el Bronx, fue traído a los Estados Unidos como residente legal a la edad de nueve años desde Barbados. Después de luchar contra la adicción a las drogas y ser arrestado en 2008, Barker cumplió una condena de ocho meses en Rikers y luego fue recogido por el ICE y retenido durante un año en un centro de detención del ICE.

“Estados Unidos ha sido mi hogar desde que tengo memoria. Es donde he criado a mi familia y he construido una carrera, y hago todo lo que puedo para devolverle algo a esta comunidad. “Como alguien que ha vivido con miedo al ICE y que perdió un año de su vida por ser detenido, aplaudo esta demanda y aliento a cualquier persona que haya experimentado un trato similar o que tenga un familiar o amigo que se haya visto afectado por esto, a que tome medidas para ser incluido en esta clase”, dijo Barker.

EL CASO DE LA DETENCIÓN DE ÓSCAR ONADÍA

Por ejemplo, Óscar Onadia, un inmigrante de Burkina Faso, quien presentó esta demanda en febrero de 2010, fue detenido durante 41 días después de haber cumplido ya una sentencia de cinco días por conducir sin licencia. 

Fue arrestado el diez de diciembre de 2008 en la ciudad de Nueva York por conducir sin licencia. Durante el procesamiento y la lectura de cargos, se descubrió que tenía un cargo previo de conducir sin licencia desde el 15 de abril de 2008, por el cual recibió una sentencia de cinco (5) días que cumplió en Riker’s Island. 

Al ajustar la sentencia por créditos por buena conducta, Onadia alega que su sentencia debería haber expirado el 12 de diciembre de 2008. Además de la sentencia de cinco días antes mencionada, se fijó una fianza de USA$1 por el cargo de conducir sin licencia del diez de diciembre de 2008. 

Onadia cumplió su sentencia de cinco días por el cargo anterior y, al finalizar, intentó pagar su fianza de US$1. Sin embargo, los funcionarios del DOC supuestamente le negaron la fianza con el argumento de que había recibido una orden de detención del ICE. La orden de detención mencionada llevaba la etiqueta «Formulario I-247 (Rev. 4-1-97)N» (en adelante, «Orden de detención del Sr. Onadia»). La orden de detención del Sr. Onadia, en la parte pertinente, decía:

«Se le informa que este servicio ha tomado las siguientes medidas con respecto al interno de su institución mencionado anteriormente».

La orden de detención de Onadia tenía una «x» marcada en la casilla que indicaba que «se ha iniciado una investigación para determinar si esta persona está sujeta a deportación de los EE. UU.» La siguiente sección de la orden de detención se titula «Se le solicita que… Acepte esta notificación como orden de detención. Esto es solo para fines de notificación y no limita su discreción en cualquier decisión que afecte la clasificación del delincuente, las asignaciones de trabajo y alojamiento, u otro tratamiento que de otro modo recibiría». 

La orden de detención también disponía que «las Regulaciones Federales (8 C.F.R. 287.2) exigen que se detenga al extranjero durante un período que no exceda las 48 horas (excluidos los sábados, domingos y festivos federales).

«La orden de detención del Sr. Onadia también establecía que «las Regulaciones Federales (8 C.F.R. 287.2) exigen que se detenga al extranjero por un período que no exceda las 48 horas (excluidos los sábados, domingos y feriados federales) para proporcionar tiempo suficiente para que Inmigración asuma la custodia del extranjero…»

Basándose en la orden de detención, la fianza del Sr. Onadia no fue aceptada por el DOC hasta el 15 de enero de 2009. No obstante, el DOC supuestamente se negó a liberar al Sr. Onadia de la custodia hasta el 23 de enero de 2009, cuarenta y dos (42) días después de que supuestamente expiró su sentencia original. 

La segunda demanda enmendada del Sr. Onadia establece alegaciones de demanda colectiva en nombre de «todas las personas que han sido objeto de una orden de detención del ICE y que han sido detenidas ilegalmente en relación con dicha orden de detención del ICE en las cárceles de la ciudad de Nueva York durante más de 48 horas después de que se hayan cumplido todas las demás condiciones para su liberación». satisfecho.» 

La segunda demanda enmendada afirma las siguientes causas de acción en nombre del Sr. Onadia y en nombre de la supuesta clase: Causas de acción estatales y federales por encarcelamiento injusto; privaciones de derechos federales de conformidad con 42 U.S.C. § 1983; negligencia; contratación, selección, retención, supervisión y capacitación negligentes; negligencia grave; violación del artículo 1 § 6 de la Constitución del estado de Nueva York; y daño irreparable. El Tribunal observa que la segunda demanda enmendada, con fecha del tres de noviembre de 2012, fue la primera vez que el demandante afirmó causas de acción en nombre de la supuesta clase. 

La moción para enmendar la primera demanda enmendada para incluir las causas de acción de la clase se realizó el 15 de agosto de 2009. Después del intercambio de descubrimiento, el Sr. Onadia pidió certificar la clase de acuerdo con una estipulación ordenada que extendió su tiempo para solicitar la certificación de la clase.

QUIÉNES TIENEN DERECHO AL DINERO

En conjunto, los miembros de la clase, algunos de los cuales viven ahora en los Estados Unidos, otros en países como México, República Dominicana, Haití, Jamaica, Ecuador, Cuba, Colombia, Trinidad y Tobago, Honduras y Guyana, fueron detenidos más de 166.000 días después de sus fechas de liberación programadas.

Las órdenes de detención imponen un doble castigo a los inmigrantes solamente al obligarlos a ingresar al sistema de detención del ICE después de que ya han cumplido sus sentencias. Además, el ICE comete errores y coloca solicitudes de detención del ICE a ciudadanos estadounidenses y personas con estatus legal que no son deportables. 

La ciudad de Nueva York ha dejado de respetar en gran medida las solicitudes de detención del ICE. La práctica anterior de la ciudad fue criticada porque desalentaba a los inmigrantes a cooperar con las fuerzas del orden para resolver delitos debido al miedo a ser denunciados al ICE. 

Los tribunales de Nueva York también han dejado en claro que la ciudad no podía detener legalmente a las personas basándose en las órdenes de detención del ICE porque las órdenes de detención del ICE no establecen una causa probable de que se haya cometido un delito.

Según los términos del acuerdo en Onadia v. City of New York, la Ciudad de Nueva York niega la responsabilidad, pero ha acordado establecer un fondo de la Clase de hasta US$92.5 millones para compensar a los Miembros de la Clase y pagar los honorarios de los abogados y los costos del Acuerdo. Los pagos del Acuerdo se determinarán según la fecha y el tiempo que un Miembro de la Clase estuvo detenido por exceso de detención.

“Estamos orgullosos de brindar una medida de justicia a las personas que experimentaron una pérdida de libertad y una interrupción de sus vidas debido a esta detención injustificada y excesiva”, dijo Debra L. Greenberger, socia de Emery Celli Brinckerhoff Abady Ward & Maazel LLP. “Este Acuerdo debería ser un recordatorio de que todas las personas tienen derecho al debido proceso legal”.

Las personas que pueden obtener dinero del Acuerdo (también llamados Miembros de la Clase) son: cualquier persona que haya sido detenida por el Departamento Correccional de la Ciudad de Nueva York más allá de la fecha de liberación programada del individuo entre el primero de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012, a pesar de que se cumplieron todas las demás condiciones para la liberación de la persona y se basaron únicamente en una orden de detención emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos.

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